lunes, 18 de marzo de 2013

Autor: Rafael Conejo.  


  PROCESOS MONITORIOS. ¿ COMO DEFENDERNOS?



Están de actualidad los procesos Monitorios, al orden del día. A diferencia de años atrás, actualmente debido a la crisis, existen más impagados a financieras, compañías de crédito, etc.

Legalmente, dichas compañías  pueden interponer escrito de reclamación al Juzgado de 1ª instancia correspondiente, para poner fin a un proceso de deuda contra ellos.

Cierto es, y del todo legal, que tienen derecho a reclamar, lo que nos han prestado. Por tanto, una persona honesta, debe pagar siempre que pueda y además tener en cuenta que ese dinero es prestado con unas condiciones.
Pero no es menos cierto, que cuando firmamos uno de estos préstamos o créditos, bien sea por tarjeta o préstamo dinerario, las cláusulas son abusivas  según nuestro código Legal y ético de Buenas Prácticas Bancarias, de los tipos de interés de mora por impago y otros, que recogen en ellas, y de los cuales no somos conscientes al momento de firmar.

Afortunadamente, Sus Señorías, en cuanto a este tipo de procesos y analizando la que está cayendo, con todo lo relacionado a financieras, bancos, y ahora, si encima, le añadimos que Luxemburgo y el Código del Parlamento Europeo, ven abusivas y antiguas tanto nuestra Ley Hipotecaria, etc....imaginad, si la conciencia Social, Moral, de un Juez, no podrá determinar una Gran Solución para la oposición justa de un deudor a una gran compañía que reclama su deuda, pero abusiva mente.

Pongo un ejemplo; Cuando una Compañía del tipo Cetelen, MBNA, Citibank, nos ponen ante un Juzgado de 1ª Instancia un Monitorio contra un impagado nuestro, después de una tediosa reclamación, lo ponen de la cantidad a deber, más intereses de mora y otros. Una deuda de 1500 €, con el interés nominal, se pondrá en 1600 € y con el interés de mora tasado en un 24% en casi 3000 €.

Cuando dichas compañías reclaman ante el Juez, la cantidad, no reclaman la cantidad originaria, que queda por deber, más un interés de mora razonable según el código de buenas prácticas bancarias citado, si no que por el contrario, lo hace por el total de los 3000 €.
Como esto es abusivo y también un robo legal de las compañías, lo justo es que un Juez, equilibre la balanza... y no estoy diciendo que no paguemos, si no, que sea de Justicia Real, lo que se tenga que pagar.

Por tanto, cuando recibimos la notificación de un Monitorio o Juicio Monitorio, lo que debemos saber es:

Que hasta 2000 € (en la actualidad), no hace falta Abogado, ni procurador. A partir de esa cantidad, sí hace falta Abogado y Procurador.
Cuando la cantidad no excede de 2000 € y sí creemos que nos están reclamando una deuda que no debemos al menos en su totalidad, teniendo en cuenta lo que he citado en párrafos anteriores de este artículo, debemos hacer un escrito de oposición, (el cual adjuntaré como modelo en este artículo), para poder frenar o parar el proceso monitorio, teniendo en cuenta que se nos dan 20 días legales por fundamentos de derecho para defendernos u oponer sobre el mismo.

Hay que tener en cuenta, que debemos tener muy detallado, todos los extractos de pagos efectuados para poder calcular la diferencia entre lo exigido y lo pagado, de esta forma podremos detallar con claridad la diferencia en la oposición y que el Juez, la quite, determinando que interés es abusivo y calculándolo sobre el estipulado.
 Un ejemplo; de 2000 €, si he pagado 1500 € y se tiende en la reclamación un interés de mora del 24%, la deuda sería de 700 € o un poco más, pero nunca de 2000 €, y se podrá llegar a un acuerdo de pago, según ingresos,  esto sería lo que debo, después de lo pagado con un interés Justo. Así, ni la compañía pierde y nosotros tampoco somos estafados. Esto sería de Justicia.

Debemos tener en cuenta, que si la cantidad excede de 3000 € y un abogado nos realiza un escrito de oposición, argumentando lo anteriormente expuesto, si el Juez, encuentra jurisprudencia o precedentes jurídicos de abuso por la parte demandante, podrá parar el Monitorio, pero, también puede ocurrir, que tramite el proceso, en ese caso, da conocimiento a ambas partes, si la parte actora no pone demanda de nuevo  y pase más de un mes y no se notifique nada al deudor ,  el asunto se debe sobreseer, según ley, en ambos casos nos beneficia.

Mi recomendación, es no conformarse. Parar el Proceso y Presentar las pruebas pertinentes de lo buenamente Pagado, para poder reducir o terminar con la deuda.

Modelo de escrito de Oposición a Monitorio:


AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO ______DE _________
Procedimiento Monitorio ______________
Don/Doña___________________________________________, con DNI
_______________, en nombre y representación propia, con domicilio a efectos de
notificaciones en _______________________ comparece como mejor proceda en
derecho y
EXPONE
PRIMERO. Que niega todos y cada uno de los hechos esgrimidos por la demandante en
su escrito de demanda, salvo los expresamente recogidos en el presente escrito.
SEGUNDO.- Que no debe tal cantidad de dinero, por lo cual, se opone a la reclamación
formulada
A estos hechos son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Procedimiento
El monitorio regulado en los artículos 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Fondo del asunto
El artículo 812 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y su apartado 2.2º.
Por todo lo expuesto y ejercitando cuantas acciones se derivan de los anteriores hechos y
fundamentos jurídicos, sin perjuicio de cualesquiera otros que puedan corresponder,
SUPLICO AL JUZGADO: Que teniendo por presentado este escrito , se sirva admitirlo
y, en su virtud, de conformidad con las manifestaciones que contiene, tenga por evacuado
el trámite de contestación y, oposición dando al pleito el curso correspondiente, se sirva
dictar sentencia desestimando por completo la demanda.
Por ser de Justicia que respetuosamente pido en la ciudad de ___________ siendo ____
de ___________ del año 20__

Estoy a vuestra disposición, si necesitan asesoramiento más detallado sobre estos asuntos.